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Venta vivienda familiar tras divorcio II

Ya comentábamos en un post anterior ¿Qué ocurre con el domicilio familiar cuando los hijos son menores de edad? En el caso de los hijos mayores de edad es diferente, lo explicamos:

 

¿Qué ocurre con el domicilio familiar cuando los hijos cumplen la mayoría de edad?

El Tribunal Supremo, ha declarado que el uso y disfrute de la vivienda familiar cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, corresponderá al progenitor que tenga un interés más necesitado de protección si es que lo hubiese, pero durante el tiempo que por el Juez/a se fije prudencialmente.

Lo cierto es, que el tratamiento legal que se da a unos hijos y a otros al alcanzar la mayoría de edad, es distinto, ya que a diferencia de lo que ocurre con los menores de edad, la pensión de los alimentos a favor de los mayores comprende el derecho de habitación, y se fija conforme a lo dispuesto en los artículos 142 y siguientes del Código Civil, que establecen los alimentos entre parientes, lo que significa que ningún hijo mayor de edad, tiene derecho a obtener parte de la pensión de alimentos que precise mediante la atribución del uso y disfrute del domicilio familiar con exclusión del progenitor con el que no haya elegido vivir.

En conclusión, en los procesos de separación o divorcio, nos podemos encontrar con los siguientes escenarios:

Hijos mayores de edad

Que haya hijos mayores de edad, en cuyo caso se podrá llegar a atribuir el uso y disfrute de la vivienda familiar al progenitor que tenga el interés más necesitado de protección, y por tiempo limitado.

Hijos menores de edad

Que los hijos menores de edad alcanzasen con posterioridad la mayoría de edad, en cuyo caso el progenitor no custodio podrá solicitar mediante un procedimiento de modificación de medidas, la extinción del derecho de uso de la vivienda familiar, atendiendo precisamente al cambio de las circunstancias al haber alcanzado el hijo ó los hijos la mayoría de edad.

Si después de leer este post necesita asesoramiento personalizado sobre separación, divorcio y modificación de medidas no dude en ponerse en contacto con nuestro equipo de profesionales.

¡Estaremos encantados de ayudarle durante todo el proceso!

 

Autora María Bosque

Abogada en nuestro gabinete jurídico de CMS INMOBILIARIA

Abogada y Cofundadora de la firma Lancho y Bosque Consultoría Legal, SLP, con dos despachos, uno en Madrid y en Griñón

C/ Bravo Murillo 50 1ºC – 28003 Madrid

C/ Juan Carlos I, nº5, local 3, 28971 Griñón

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